viernes, 23 de junio de 2017
Señal balanceada vs Señal no balanceada
Un estudio de grabación puede tener muchos metros de cable, y al ser estos cables de mucha longitud, es necesario eliminar cualquier tipo de ruido que pueda entrar en el cableado. Hay dos categorías principales de ruido que afectan a todos los cables de audio: la interferencia eléctrica y la microfónica.
Las interferencias de radiofrecuencia (RF), de los cebadores de los tubos fluorescentes, de las emisoras de radioaficionados (CB), de las estaciones de radio de AM y FM,…, son susceptibles de inducirse en estos cables, debido a que éstos actúan como antenas.
El ruido microfónico está causado por una carga estática generada cuando el conductor se frota contra su aislamiento. El efecto microfónico se aprecia como un chasquido en el sistema, que ocurre generalmente cuando el cable se manipula o se mueve.
Los cables balanceados, debido a su configuración de par trenzado, tienen la posibilidad de cancelar mutuamente las interferencias electromagnéticas, mientras que los cables desbalanceados son más sensibles a las interferencias eléctricas.
¿Qué es una señal de audio no balanceada?
El retorno de la señal (señal retorno o frío) se produce a través de la malla exterior que cubre el conductor de ida (señal vivo o caliente), protegiéndolo contra interferencias electromagnéticas externas, aunque no las elimina completamente, particularmente cuando las distancias de cable son largas. Las señales no-balanceadas son simples, se usan habitualmente para la conexión de los instrumentos musicales y por los equipos domésticos de alta fidelidad, y terminan normalmente con conectores RCA, DIN o jack.
Gotham Cable ha desarrollado el cable desbalanceado GAC-1 para minimizar estos efectos, debido a su comportamiento y su alta resistencia, el cable desbalanceado Gotham GAC-1 es ideal para aplicaciones en vivo donde tengan que conectarse guitarras, y también para aplicaciones estáticas.
Ventajas
- Protección RF a través del “double Reussen shield”.
- Capa de PVC conductora. Evita que cualquier acumulación de electricidad estática filtrarse a la pantalla y estar conectado a tierra antes de que tenga efectos nocivos (véase el punto 5 de la figura).
- Cubierta de PVC gruesa, pero resistente y flexible protege el cable.
Pero con la versión GAC-1 Ultra Pro, Gotham ha ido un paso adelante mediante la adición de un nuevo protector de plástico conductivo entre los conductores (7) y el aislamiento del conductor (5), haciendo un sándwich de material conductivo entre los dos escudos de cobre y el aislamiento del conductor.
¿Qué es una señal de audio balanceada?
Cuando mandamos señales de audio a distancias mayores a 15-20 metros, se hace necesaria la utilización de una entrada balanceada. La diferencia entre un cable balanceado y otro no balanceado es, simplemente, un conductor extra. La diferencia entre ambas es considerable, pudiendo llegar a los 80 dB (más cuando se trata de líneas microfónicas de alta calidad).
La conexión está formada por dos cables apantallados, donde la señal activa (+ o hot) viaja por un hilo y por el otro viaja una señal en contrafase o invertida (- o cold).
Dicha mejora se fundamenta en que si una interferencia logra atravesar la malla (que será la masa de la señal), se induce a la vez en ambos conductores en el mismo sentido. A la entrada del amplificador o del dispositivo al que llevamos la señal realizará el desbalanceado, suma las dos señales que le llegan tras invertir una de ellas. Al haber estado invertida a su vez una señal con respecto de la otra en el cable, el balanceado consigue cancelar los ruidos o interferencias generadas en el cable y obtener el doble de la señal original.
A este tipo de interferencia se la conoce como señal de modo común, expresa la atenuación de una interferencia que se cuela en igual cantidad en los conductores que llevan la señal, y suele oscilar entre 60 y 80 dB, que vienen dados por las tolerancias del circuito de desbalanceado de entrada, y que definen la exactitud de la suma del desbalanceado. En muchas especificaciones aparece como dato elCMRR que es la relación de rechazo en modo común (Common Mode Rejection Ratio).
El cable balanceado ultraflexible de audio profesional GAC-2 de Gotham Cable cuenta con dos conductores de 48 alambres de 0,07mm c/u, y gracias a sus dos mallas de alambre de cobre helicoidales devanadas en oposición (Double Reussen Shield), que rodean a los conductores, garantizan un rechazo absoluto de las interferencias de RF (hasta 130 dB). También cuenta con una cubierta exterior de PVC antireflejo, y otra cubierta adicional de PVC entre los conductores y el blindaje, mejorando la estabilidad y flexibilidad del conjunto dando protección adicional a los conductores.
Los conectores normalmente utilizados en las líneas de audio balanceadas son de tres pines, el más común es el XLR (comúnmente llamados cannon, siendo el nombre de la marca quien invento este tipo de conectores) tanto en su versión macho como hembra. También se usan conectores de tipo Jack o TRS de varias medidas.
Todo sobre Normatividad y Reglamento de Radio de Banda Civil en México julio 23, 2008
Hola a todos los lectores, les saludo aqui nuevamente a todos ustedes que siempre estan interesados en la radioaficion, para traerles la cronica de mi aventura del dia de hoy…
Hace algunos articulos, coloque todo lo relacionado con la normatividad y reglamento para Radioaficionados… Segun las estadisticas de esta bitacora, al parecer si ha servido de mucho ya que ha tenido varias visitas…
Pues bien, animado por este hecho, hoy me dispuse a buscar TODO lo relacionado que pudiera encontrar con respecto a la Banda Civil o Banda Ciudadana (El C.B. tan apreciado por todos los que iniciamos en la radio con el y que incluso seguimos utilizando para informacion en carreteras en el canal 5 es decir a 27.015Mhz).
Me demore nuevamente casi 5 horas en buscar y unificar toda esa informacion tan dispersa que como ya es costumbre existe en Mexico… Es practicamente imposible encontrar las normativas todas en un mismo sitio, pero hoy, como ya lo hice en la normatividad de radioaficionados, cambiara para bien ahora en la normatividad para Banda civil, encontrando todo aqui en este mismo sitio.
Me demore nuevamente casi 5 horas en buscar y unificar toda esa informacion tan dispersa que como ya es costumbre existe en Mexico… Es practicamente imposible encontrar las normativas todas en un mismo sitio, pero hoy, como ya lo hice en la normatividad de radioaficionados, cambiara para bien ahora en la normatividad para Banda civil, encontrando todo aqui en este mismo sitio.
Comencemos por mencionar que la banda ciudadana en México no requiere permiso ni licencia de OPERACION, es decir, cualquier persona puede transmitir y recibir en cualquiera de las frecuencias libres dispuestas por normatividad para banda civil (¿que cuales son esas en mexico? pues el rango esta detallado de 26.960 a 27.405 y que se veran comprobadas mas adelante en los documentos, notese que un articulo anterior ya mencionamos a que frecuencia equivale cada canal del C.B. y en el caso de la normatividad Mexicana los 40 canales actualmente son incluidos y permitidos, aunque inicialmente solo se consideraban 22 canales).
A continuacion, el repertorio y la explicacion de la documentacion oficial que sustenta la normatividad de Banda Civil en México:
1.- Reglamento Federal de Telecomunicaciones
Por medio de el podemos verificar que la OPERACION de Radio de Banda Civil en Mexico esta totalmente liberada para cualquier persona y no se requiere de Licencia.
Resumen de los puntos que sustentan la OPERACION sin permiso o licencia especial:
CARLOS SALINAS DE GORTARI Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y con fundamento en los Artículos lo., fracciones IX y X; 2o., 3o., 4o., 5o., 8o., 12, 14, 15, 17, 20, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 37, 38, 374 al 419 y demás relativos de la Ley de Vías Generales de Comunicación; y en relación a lo dispuesto en el Convenio Internacional de Telecomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones y sus Reglamentos, he tenido a bien dictar el siguiente REGLAMENTO DE TELECOMUNICACIONES:
CAPITULO IV
Permisos:
Permisos:
SECCION V
De los equipos terminales de telecomunicación
De los equipos terminales de telecomunicación
ARTICULO 46.- La Secretaría determinará mediante disposiciones de carácter general, los equipos de radiocomunicación o inalámbricos que no requieran permiso y que se utilicen para comunicación interna, estableciendo los límites de potencias máximas de emisión y la banda de frecuencias asignadas para su utilización.
El uso de estos equipos se condicionará a que no causen interferencia perjudicial más allá del área del inmueble del usuario y a otros equipos y sistemas de radiocomunicación que operen en otras bandas de frecuencia.
Artículo 50.- Los siguientes equipos terminales de telecomunicaciones no requerirán permiso para conectarse a redes autorizadas:
Fracción V.- Los equipos terminales de radiocomunicación que operen en las frecuencias radioeléctricas asignadas por la Secretaría para el servicio en la banda civil;
Enlace para descargar el documento Oficial Completo:
http://www.imemexico.com/dof/1990/10/0111990102902.pdf
http://www.imemexico.com/dof/1990/10/0111990102902.pdf
2.- Diario Oficial de la Federacion con fecha del 22 de Marzo de 1974
Por medio del acuerdo dispuesto en este DOF, se establecen los inicios para el uso y explotacion de canales para banda civil, encontrandose definidos 22 canales; actualmente esta normatividad ya se modifico pero es bueno tenerla como sustento historico.
Resumen de Seccion y Descripcion:
ACUERDO a la Dirección General de Telecomunicaciones para el uso y explotación de canales radioeléctricos en la banda civil comprendida entre los 26.960 y los 27.230 MHZ.
INDICE ELECTRONICO OFICIAL DEL DIARIO DE LA FECHA MENCIONADA:
http://www.dof.gob.mx/index.php?year=1974&month=03&day=22
http://www.dof.gob.mx/index.php?year=1974&month=03&day=22
INDICE ORIGINAL ESCANEADO DEL DIARIO DE LA FECHA MENCIONADA:
http://www.dof.gob.mx/nota_to_imagen_fs.php?cod_diario=200997&pagina=0&fecha=22/03/1974
http://www.dof.gob.mx/nota_to_imagen_fs.php?cod_diario=200997&pagina=0&fecha=22/03/1974
DOCUMENTO COMPLETO TRANSCRITO DE LA FECHA MENCIONADA:
http://www.imemexico.com/dof/1974/03/0111974032201.pdf
http://www.imemexico.com/dof/1974/03/0111974032201.pdf
3.- Diario Oficial de la Federacion con fecha del 13 de Septiembre de 1977
Por medio de lo dispuesto en este DOF, se establecen como decreto los servicios a operar en la banda civil tales como Radiotelefónico, Localización de Personas, Control Remoto de Modelos y Acción de Aparatos, Sistemas o Accesorios de Alarma; actualmente esta normatividad ya se modifico tambien, pero nuevamente comento que es bueno tenerla como sustento historico.
Resumen de Seccion y Descripcion:
DECRETO por el que se destina la banda 26.960 a 27.230 Mhz., para los servicios compartidos para cortas distancias: Radiotelefónico Localización de Personas, Control Remoto de Modelos y Acción de Aparatos, Sistemas o Accesorios de Alarma.
INDICE ELECTRONICO OFICIAL DEL DIARIO DE LA FECHA MENCIONADA:
http://www.dof.gob.mx/index.php?year=1977&month=09&day=13
http://www.dof.gob.mx/index.php?year=1977&month=09&day=13
INDICE ORIGINAL ESCANEADO DEL DIARIO DE LA FECHA MENCIONADA:
http://www.dof.gob.mx/nota_to_imagen_fs.php?cod_diario=200038&pagina=0&fecha=13/09/1977
http://www.dof.gob.mx/nota_to_imagen_fs.php?cod_diario=200038&pagina=0&fecha=13/09/1977
DOCUMENTO COMPLETO TRANSCRITO DE LA FECHA MENCIONADA:
http://www.imemexico.com/dof/1977/09/0111977091301.pdf
http://www.imemexico.com/dof/1977/09/0111977091301.pdf
4.- Diario Oficial de la Federacion con fecha del 21 de Diciembre de 1977
Por medio de lo dispuesto en este DOF, se modifican ciertos articulos de lo que se habia establecido en el documento anterior del 13 de septiembre de 1977, sin embargo no fue la modificacion definitiva, pero dio pauta a nuevas modificaciones; nuevamente es importante tener este documento como historico.
Resumen de Seccion y Descripcion:
DECRETO por el que se modifica el Considerando Cuarto, el Artículo Primero y el Artículo Cuarto del Decreto por el que se destina la banda de 26.960 a 27.230 Mhz. para los servicios compartidos para cortas distancias.
INDICE ELECTRONICO OFICIAL DEL DIARIO DE LA FECHA MENCIONADA:
http://www.dof.gob.mx/index.php?year=1977&month=12&day=21
http://www.dof.gob.mx/index.php?year=1977&month=12&day=21
INDICE ORIGINAL ESCANEADO DEL DIARIO DE LA FECHA MENCIONADA:
http://www.dof.gob.mx/nota_to_imagen_fs.php?cod_diario=201131&pagina=0&fecha=21/12/1977
http://www.dof.gob.mx/nota_to_imagen_fs.php?cod_diario=201131&pagina=0&fecha=21/12/1977
DOCUMENTO COMPLETO TRANSCRITO DE LA FECHA MENCIONADA:
http://www.imemexico.com/dof/1977/12/0111977122101.pdf
http://www.imemexico.com/dof/1977/12/0111977122101.pdf
5.- Diario Oficial de la Federacion con fecha del 7 de Febrero de 1978
Por medio del Acuerdo que se establece en este DOF, se fijan las condiciones de operacion para la banda civil, los canales son definidos y los usos de cada canal especial tales como el canal 9 de emergencia y otros. Este es el documento que establece la normatividad vigente auxiliada de la normatividad original y sus subsecuentes modificaciones, para poder entender la normatividad establecida en este ultimo acuerdo, es necesario tener en cuenta las que no se modificaron desde el inicio y a su vez las que se fueron modificando a traves del tiempo en los documentos anteriores.
Resumen de Seccion y Descripcion:
ACUERDO por el que se fijan las condiciones de operación del Servicio Compartido para cortas distancias, Banda Civil.
INDICE ELECTRONICO OFICIAL DEL DIARIO DE LA FECHA MENCIONADA:
http://www.dof.gob.mx/index.php?year=1978&month=02&day=07
http://www.dof.gob.mx/index.php?year=1978&month=02&day=07
INDICE ORIGINAL ESCANEADO DEL DIARIO DE LA FECHA MENCIONADA:
http://www.dof.gob.mx/nota_to_imagen_fs.php?cod_diario=201775&pagina=0&fecha=07/02/1978
http://www.dof.gob.mx/nota_to_imagen_fs.php?cod_diario=201775&pagina=0&fecha=07/02/1978
DOCUMENTO COMPLETO TRANSCRITO DE LA FECHA MENCIONADA:
http://www.imemexico.com/dof/1978/02/0111978020701.pdf
http://www.imemexico.com/dof/1978/02/0111978020701.pdf
6.- Reglamento de los Certificados de Aptitud para el Manejo de Estaciones Radioeléctricas Civiles y su Anexo
Este documento practicamente es solo para referencia ya que en el se engloban las normativas generales para los certificados de aptitud de estaciones radiolectricas Civiles, en el caso de la Banda Civil, este documento solo sirve para hacer referencia de que no se requieren permisos tal como lo indican en el anexo.
INDICE ELECTRONICO OFICIAL DEL DIARIO EN LA QUE SE PUBLICO LA NORMATIVA:
http://www.dof.gob.mx/index.php?year=1953&month=10&day=05
http://www.dof.gob.mx/index.php?year=1953&month=10&day=05
INDICE ORIGINAL ESCANEADO DEL DIARIO DE LA FECHA CORRESPONDIENTE
http://www.dof.gob.mx/nota_to_imagen_fs.php?cod_diario=199250&pagina=0&fecha=05/10/1953
http://www.dof.gob.mx/nota_to_imagen_fs.php?cod_diario=199250&pagina=0&fecha=05/10/1953
DOCUMENTOS OFICIALES CON ESTA NORMATIVA ACTUALIZADA PERO QUE APARENTEMENTE TIENE PUNTOS ANEXOS INCOMPLETOS
(VER EL DOF CORRESPONDIENTE A LA FECHA MENCIONADA EN EL ANEXO PARA CONOCER LO QUE FALTA EN EL ANEXO, QUE ES EL DOF DEL 13 DE SEPT. DE 1977 QUE COLOQUE ARRIBA)
http://www.cft.gob.mx:8181/cofetel/html/9_publica/5_reglamento/Reglamento_Certificados_Aptitud_para_manejo_estaciones_radioelectricas_civiles.doc
http://www.sct.gob.mx/fileadmin/normatividad/telecomunicaciones/75REGLAMENTO_DE_LOS_CERTIFICADOS_DE_APTITUD_PARA_EL_MANEJO_DE_ESTACIONES_RADIO_E.pdf
(VER EL DOF CORRESPONDIENTE A LA FECHA MENCIONADA EN EL ANEXO PARA CONOCER LO QUE FALTA EN EL ANEXO, QUE ES EL DOF DEL 13 DE SEPT. DE 1977 QUE COLOQUE ARRIBA)
http://www.cft.gob.mx:8181/cofetel/html/9_publica/5_reglamento/Reglamento_Certificados_Aptitud_para_manejo_estaciones_radioelectricas_civiles.doc
http://www.sct.gob.mx/fileadmin/normatividad/telecomunicaciones/75REGLAMENTO_DE_LOS_CERTIFICADOS_DE_APTITUD_PARA_EL_MANEJO_DE_ESTACIONES_RADIO_E.pdf
7.- Proceso y documentacion requerida para la expedición de registro para equipo de banda civil.
Pues bien, como vimos el operar una estacion de Banda Civil no requiere licencia, sin embargo, el equipo de transmision/recepcion (el tranceptor) de Banda Civil si deberia ser homologado por parte de la COFETEL (y digo deberia por que sinceramente hace mucho que no se hace pero si debe hacerse por normatividad).
Afortunadamente este es un tramite gratuito y relativamente rapido que se hace en las oficinas de la COFETEL correspondiente o en las de SCT que manejen este rubro
Afortunadamente este es un tramite gratuito y relativamente rapido que se hace en las oficinas de la COFETEL correspondiente o en las de SCT que manejen este rubro
Banda civil y su rango de frecuencia
¿Qué es La Banda Civil ?
¿Cómo defines a La banda Civil?
Por definición, es la porción del espectro de frecuencias destinada a la libre comunicación entre el personal civil, por medio de la radio y sin que medien exámenes o preparación especializada.
La Banda Ciudadana, se abrevia con las siglas BC, en inglés se abrevia CB que se refieren a las iniciales en inglés de Citizen Band. Otra forma de referirse a ella es por su frecuenciade 27 MHz o bien por su longitud de onda, que es la de 11 metros.
El uso de La Banda Ciudadana se considera como entretenimiento que permite llenar los tiempos de ocio mediante la comunicación, alejando a los jóvenes de las actividades delictivas y del consumo de estupefacientes.
En algunas circunstancias pueden prestarse servicios a la sociedad, pues gracias al uso de los equipos de BC se han evitado o ayudado en algunas catástrofes, interviniendo en emergencias y prestando socorro en inundaciones, accidentes, incendios y otros desastres.
La Banda Ciudadana en los distintos países
- Pese a ser una banda sin licencia, en España la BC todavía es considerada de "uso con licencia" y requiere una autorización administrativa que debe renovarse cada 5 años. Así mismo requiere un pago único de 107,18 euros al ser concedida (importe en vigor en 2010). Las frecuencias autorizadas van desde 26,960 MHz hasta 27,410 MHz.
- En Francia se paga al Gobierno una tasa por la compra de todo equipo nuevo de CB.
- En Uruguay al servicio de banda ciudadana se le asignan las frecuencias comprendidas entre 26.500 y 27.980 Mhz, un espectro más amplio que los 40 canales de los países europeos.
- Se pueden utilizar los diferentes modos de transmisión como AM, FM, SSB, CW.
- Además se paga a la URSEC (Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones), quien controla el espectro radioeléctrico una tasa por mes para obtener el permiso de operación por equipo.
- El reglamento del servicio de banda ciudadana uruguayo está disponible en http://www.ursec.gub.uy
- En Estados Unidos, el uso de la BC es libre y sin licencia. Aun asi hay una serie de regulaciones de uso establecidas por la FCC.
- En Italia, los usuarios deben enviar una declaración el Ministerio de comunicaciones y pagar un canon anual (12 euros en 2006), independientemente de la cantidad de transmisores que posean.
- En Venezuela, la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), ha decretado el uso libre del espectro radioelectrico en la BC sustentado en garantizar un mínimo de comunicación en caso de emergencia.
- En Argentina, la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) es la encargada de asignar los permisos para la operación de los equipos de Banda Ciudadana. La CNC cobra un canon anual de aproximadamente 20 dólares por dicho permiso.-
- En Costa Rica el encargado es (Control Nacional De Radio) quien supervisa y administra el espectro radioelectrico ( A partir de finales del 2008,la encargada es la Superintendencia de telecomunicaciones, SUTEL )
- En México, la encargada es COFETEL (Comisión Federal de Telecomunicaciones) quien además de supervisar y administrar el espectro radioeléctrico otorga los registros (no obligatorios) de los equipos de BC. Rango de frecuencia autorizado de 26,965 Mhz a 27,405 Mhz en la modalidad deAM (Amplitud Modulada)
ARISTEGUI RADIO
María del Carmen Aristegui Flores, conocida como Carmen Aristegui (Ciudad de México, 18 de enero de 1964), es una periodista mexicana que ha destacado por su trabajo informativo en programas de noticias en la radio y televisión mexicanas, por su actitud abierta hacia temas habitualmente no abordados por el periodismo y por los debates que ha generado con la información que ha revelado. Es egresada de la carrera de Ciencias de la Comunicación de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Conduce un noticiero en CNN en Español y como editorialista en la sección Opinión del periódico mexicano Reforma. Adicionalmente, cuenta en Internet con el portal de noticiasAristegui Noticias
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ESIME RADIO
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Siempre tenemos algo que decir y buscamos ser escuchados.
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